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LA DICTADURA FRANQUISTA, EL NACIONAL-CATOLICISMO Y LOS PROTESTANTES REPRESALIADOS

Pablo García

Hoy, día 19 de septiembre, ha tenido lugar la presentación ante el público y la prensa de Cataluña, y mañana hará lo mismo en Madrid, el Manifiesto sobre “La Ley de la Memoria Democrática “. Manifiesto al que se ha unido La Comisión Permanente de la IEE y la Iglesia Evangélica de Cataluña. Tiene por objetivo la lucha por la recuperación de la Memoria Histórica, de todos aquellos que sufrieron persecuciones, juicios injustos, condenas, destierros, depuraciones, cárceles y muerte. En la mesa de debate, como protestante, en Barcelona, ha participado el pastor Pablo García y mañana lo hará en Madrid, el pastor Pedro Zamora. Ha sido la primera vez que se ofrece a los protestantes españoles exponer y participar en unos debates de tal envergadura, los cuales pretenden hacer presión ante los Grupos parlamentarios y en el Gobierno para que se tramite la aprobación de la Ley de la Memoria Democrática, antes de que se acabe la actual Legislatura.

Muchos han oído hablar de los protestantes españoles, pero siempre bajo un enfoque católico romano, que no es el auténtico, pues siempre perseguía eliminar a los protestantes como enemigos molestos de acuerdo con el Gobierno de la Dictadura franquista, que nos consideraban contrarios al Régimen. Quizás para muchos que asisten a estos debates sea la primera vez que escuchen lo ocurrido con la minoría protestante en España. Se ha procurado ignorar o, quizás, haya sido un desconocimiento tremendo de un grupo religioso que lucho por las libertades religiosas y políticas, no sólo de su confesión religiosa, sino para todo un pueblo que sufría persecución e ignominia por parte de una dictadura, que se había levantado contra el poder legalmente constituido de la República Española.

Para los protestantes españoles no sólo se les persiguió por su condición religiosa, mal vista por la Iglesia Católica, sino por haber sido en su gran mayoría favorables a la II República, de la que se esperaba un mayor espíritu de libertad, aunque no fue tan aperturista como se deseaba, después de más de medio siglo de inconvenientes, padecimientos y humillaciones que causó a los disidentes de la religión estatal del célebre artículo 11 de la Constitución de 1876, que había marcado hasta entonces la política religiosa del Estado.

La República desembocó desgraciadamente en la Guerra Civil, con todas sus graves secuelas que afectó a millones de españoles, entre ellos a los protestantes españoles. El historiador secular, Juan Bautista Vilar, de la Universidad de Murcia, hace la siguiente valoración: “Ante el levantamiento del general Franco en Julio de 1936 la actitud de los protestantes españoles fue favorable a la República, por entender que de su permanencia, dependía su existencia como minoría religiosa con plenitud de derechos”.

La Guerra Civil y la dictadura abrieron un doloroso paréntesis. Las iglesias protestantes se encontraron más que diezmadas, no sólo por las pérdidas de la guerra y por la emigración forzosa de muchos pastores y miembros activos al extranjero, sino por la decisión del Régimen de Franco de extirpar de España la llamada “herejía protestante”.

Se hablaba, en aquel entonces, de unidad – “España, una”- : unidad política, unidad social, unidad religiosa. Todo lo que no fuera unidad significaba un daño grave para el país. Los protestantes españoles fueron a partir de entonces comparados con los comunistas y masones y todos fueron metidos en el mismo saco, con lo que se les consideraba enemigos del Régimen y por tanto de España.

Ser protestante era motivo cierto de depuración si se ocupaba un cargo público, y objeto casi insalvable para retener un empleo o acceder a un puesto de trabajo.

En 1936 se cierran iglesias y escuelas por todo el país. Comienza una persecución a pastores y creyentes protestantes, convirtiéndose ello en una norma habitual.

Desde el comienzo de la guerra civil, los protestantes tuvieron que sufrir toda clase de vejaciones, persecuciones, martirios y muerte, por el único motivo de ser protestantes. Si se ocupaba un cargo público la depuración era inmediata, y así el catedrático de la universidad valenciana, Dr. Roberto Araujo y otros como él, fueron expulsados de sus puestos. Encontrar un trabajo para ganarse el pan dignamente era algo imposible. Todos los protestantes quedaban fichados como enemigos del régimen.

Aunque las fuentes oficiales del régimen insistían “a posteriori” en que los protestantes jamás fueron molestados en razón de sus creencias religiosas, sino solamente por sus opiniones políticas, las mismas fuentes prueban todo lo contrario. Quienes durante el régimen republicano habían mostrado en algún momento simpatías o militancia en relación a partidos de izquierda, serán clasificados ahora de “peligrosos comunistas”. Si por el contrario sus antecedentes políticos resultaban inocuos, se les tachará de “masones” y por lo mismo serán encausados. La abusiva utilización de términos como “rojo”, “comunista”, y “masón” debe entenderse dentro de la amplia acepción que les atribuye la Ley sobre Responsabilidades Políticas del 9 de febrero de 1939, completada luego en la más conocida dictada en marzo de 1940 sobre represión de la masonería y el comunismo, que dejó fuera de la ley a veinticuatro partidos, sindicatos y asociaciones, así como a las logias masónicas. Está probada la vinculación de algunos líderes protestantes a la masonería, pero tales lazos resultan infrecuentes a nivel de membresía. En cuanto a la supuesta afinidad de protestantes y comunistas, fue una lamentable leyenda con fines propagandísticos.

No hubo lugar donde la persecución y represión no se hiciera sentir, aún en los más pequeños pueblos de nuestra geografía. Diferente suerte corrieron las iglesias de la capital de España, donde Franco toleró que estas continuasen sus actividades religiosas, por ser el “balcón de Europa”, al residir allí las embajadas, y querer que Europa creyese que en España había libertad religiosa.

La represión de toda disidencia fue brutal en las zonas ocupadas. El pastor Miguel Blanco, de Sevilla, fue fusilado, así como en Granada, el pastor José García Fernández, exsacerdote y luego pastor, al entrar las tropas nacionales es detenido y fusilado, así como también el miembro de la iglesia Salvador Iñiguez. La iglesia granadina queda huérfana, y muchos de sus miembros se dispersan, cuando no se esconden por miedo a perder sus vidas.

En Málaga, el pastor Claudio Gutiérrez Marín tuvo que exiliarse a Méjico para salvar su vida. La comunidad es dispersada y sufre varios registros policiales. La iglesia y la escuela quedan clausuradas.

En Zaragoza, el 18 de agosto la iglesia es asaltada por las fuerzas políticas franquistas y clericales, sus muebles destrozados a bayonetazos, las Bíblias y libros quemados y las pocas cosas que encontraron de algún valor fueron robadas: Servicio de comunión, armonium y bancos. Al pastor Benjamín Heras Benito se le detuvo y concentró, junto a millares de zaragozanos, en la plaza de toros. De allí pudo salir por la intervención de un súbdito alemán de influencia política, mientras era registrada su casa. Las familias protestantes son amenazadas y perseguidas, algunos encarcelados y sufren torturas, como el anciano de la iglesia David Asenjo.

Jaca (Huesca), al estallar la guerra, fue controlada rápidamente por el ejército rebelde. La vida cúltica queda suspendida y clases de las escuelas clausuradas. La casa pastoral es continuamente asaltada y sus miembros registrados. En el mismo año de 1936, quince personas fueron fusiladas, y entre ellos, dos jóvenes, casi niños, hijos de una conocida familia, miembros activos de la iglesia protestante. Dos maestros de la escuela clausurada, José y Francisco García Navarro fueron desterrados por no aceptar el ofrecimiento del obispo de Jaca de convertirse al catolicismo.

En Laguarres (Huesca), su ex-alcalde D. Ramón Campo, miembro de la iglesia protestante, fue confinado en la prisión de Burgos, donde pasaría seis años.

En el pueblo riojano de Pradejón, como en el resto de España, la persecución, los atropellos e incluso la muerte hacen presa en la iglesia de esta localidad. Las nuevas autoridades franquistas ordenan el cierre de los colegios; la iglesia es clausurada e incluso allanada; el pastor Simón Vicente asesinado y varios miembros de la iglesia son encarcelados y todos los demás amenazados con seguir el mismo camino. La familia del pastor tuvo que marchar de Pradejón y la maestra de la escuela, Casimira Rivas, se refugió en el sur de Francia y sus dos hijas fueron recogidas por el gobierno ruso, junto con otros niños expatriados a aquel país. Varias familias tuvieron que marcharse de Pradejón a diversas ciudades y otros muchos estuvieron escondidos durante algún tiempo y otros no se atrevían ni a salir fuera de sus casas, porque eran continuamente vejados e insultados por los clericales del pueblo.

En Logroño, en el mismo año 1936, la capilla fue clausurada por la policía. Varias familias protestantes, incluida la del propio pastor, son acosadas y perseguidas, y en algunos casos, como el del industrial Marañon, encarcelado.

A consecuencia de la guerra, el pastor de Santander, Pedro Mañueco, el pastor de San Sebastián, Elías Marqués y el de Bilbao, Dionisio Mangado tienen que refugiarse en el extranjero para salvar sus vidas. Todas las iglesias de estas ciudades fueron clausuradas por las autoridades, quedando la vida congregacional rota y dispersa.

En Alicante, el pastor F. Albricias tiene que dejar su iglesia y su escuela y huir en un barco para salvar su vida. En el mes de abril de 1939, las autoridades franquistas se incautaron de todo el edificio enorme de la Escuela Modelo para convertirlo en un cuartel de la Falange Española, dedicando el salón de actos para una sala de cine.

Al pastor Crespo le coge la guerra civil en Cartagena. Es detenido y pasa varios años en la cárcel. La iglesia y la escuela son cerradas y los miembros dispersados.

La Sociedad Bíblica, una de las más importantes instituciones protestantes dedicadas a la publicación y distribución bíblicas, sufrió un pertinaz acoso y censura. Tan pronto como los nacionales entraron en Madrid, el Secretario General de la Censura concedió un permiso escrito, de fecha 20 de Noviembre de 1939, para que continuara la labor de la Sociedad Bíblica. Sin embargo el 7 de agosto de 1940 varios camiones confiscan todo el material de la Sociedad Bíblica, más de 110.000 ejemplares, por orden de la Censura. A principios de 1941, basándose en “necesidades de orden público”, la policía se presenta en la oficina de la Sociedad Bíblica, Flor Alta nº 2, en Madrid, y sella todas las puertas y armarios, despachos y documentación.

El final de la II Guerra Mundial, el nuevo orden internacional, en el que se excluía a España de la ONU, forzaba plantear una nueva revisión del régimen y así, el 17 de julio de 1945 se promulgó el Fuero de los Españoles y en él se regulaba también la cuestión religiosa. En su artículo 6º decía: “La profesión y práctica de la Religión Católica, que es la del Estado Español, gozará de protección oficial. Nadie será molestado por sus creencias religiosas, ni en el ejercicio privado de su culto. No se permitirán otras manifestaciones externas que las de la Religión Católica”

En noviembre de 1945, el Ministerio de Gobernación envió a los Gobernadores Civiles una normativa en la que se regulaban los cultos de los disidentes (siempre en el “interior de los templos respectivos sin manifestación ni exteriorización alguna a la vía pública…”). En definitiva, gran parte de la vida de los núcleos disidentes dependía del talante de las autoridades locales. La iglesia Católica, desde el principio, rechazó el más mínimo atisbo de libertad en la que se pudieran desenvolver sin problemas las minorías religiosas.

Así la iglesia de la calle Ripoll, de Barcelona, fue asaltada por un grupo de unos veinticinco requetés, el 11 de octubre de 1947. En el acta de esa iglesia se explicaba el ataque en los siguientes términos: “El sábado día 11 de octubre de 1947, a la 20h, 30m., un grupo de veinticinco individuos de 20 a 30 años uniformados con las ropas del llamado “requeté”, después de asistir, según se deduce, a la procesión local en honor al Cristo de Lepanto, van a asaltar el edificio de la calle Ripoll, destruyendo el mobiliario y el lugar de cultos.

La actitud de la Iglesia Católica no recriminó este acto y otros del mismo talante, sino, que por el contrario, los justificó: “Quienes destruyen la propiedad protestante no están obligados a restituirla, ya que creen que están haciendo una buena obra al servicio de la religión verdadera”. (Artículo de José Martínez: “Protestantes” en El Mensajero del Corazón de Jesús. Bilbao, 1948).

En mayo de 1948 la Conferencia de Metropolitanos abordó el tema de la libertad religiosa y afirmó que no era una cuestión “meramente política”, sino que era necesario defender a todo trance la unidad religiosa del catolicismo español. Por ello, había que limitar el culto privado de los protestantes, luchar contra una ley de libertad de cultos, la intromisión de extranjeros en este asunto y hacer una exhortación denunciando las campañas de proselitismo protestante.

En el año 1952 el Cardenal Segura publicó una pastoral, con tonos antiprotestantes, en la que se denunciaba al gobierno porque en su búsqueda de una alianza con los EE.UU., podía perjudicar a los intereses de la religión oficial. Es en este tiempo en el que es asalta la Iglesia Episcopal de Sevilla, se maltrata a su pastor y a los miembros ancianos que se hallan en la iglesia y se prende fuego a las Bíblias e himnarios y los causantes de este atropello salen impunes, como en otras ocasiones.

En la historia de estos años se culmina el Concordato de 1953 que será el punto álgido en lo religioso y aún en lo político. Su base ideológica se apoya implícitamente en la supremacía de la Iglesia sobre el Estado. El artículo 2 dice: “El Estado español reconoce a la Iglesia Católica el carácter de sociedad perfecta y le garantiza el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual y de su jurisdicción, así como el libre y público ejercicio del culto”.

Se reconoce la existencia de no católicos en el territorio nacional, tanto en el artículo 1º, donde se remite al 6º del Fuero de los Españoles, con el artículo XXVII que trata sobre la enseñanza y en el que se afirma: “serán dispensados de esta enseñanza (de religión católica) los niños de los no católicos, cuando los padres lo demanden”. Sobre el tema de los matrimonios la cuestión es más compleja, ya que sólo se reconoce el civil “para aquellos que no son bautizados”, pues se interpretaba que el bautismo “imprime carácter” y quien abandona la Iglesia Católica queda privado de sus derechos pero no libre de obligaciones. Esto estaba de acuerdo con la legislación vigente. Por la Ley de 1941 los jueces municipales sólo permitían los matrimonios civiles de aquellos que demostraran no pertenecer a la religión católica; si no se podía demostrar, había que presentar una declaración jurada de no haber sido bautizados en la Iglesia Católica: los problemas para los nuevos convertidos eran mayúsculos. En octubre de 1956 se publica un nuevo decreto en el que el artículo 41 reza de la siguiente manera: “Además, si se tratara de bautizados en la Iglesia Católica o de aquellos que, convertidos a ella, hayan apostatado posteriormente, e intentaran contraer matrimonio civil… una vez hecha la ratificación, el juez informará circunstancialmente de la petición a la autoridad eclesiástica diocesana de su territorio, en el plazo de ocho días y mediante notificación en forma. No procederá el juez a la celebración del matrimonio hasta después de haber transcurrido un mes de haber realizado la notificación expresada”. Con ello los jueces descargan el peso en las autoridades eclesiásticas, en cuyas oficinas las solicitudes pasaban períodos de tiempos muy amplios.

Gracias a una serie de factores que irán sucediéndose durante estos largos años como: la presión internacional a favor de los protestantes, los acuerdos del Régimen con Estados Unidos, en la entrada en las Naciones Unidas, las positivas gestiones del ministro Castiella, el Concilio Vaticano II que habla de los protestantes como “hermanos separados”, etc.… se logró, por fin, materializar una ley religiosa, cuyo titulo era muy significativo: “Ley Española que regula el ejercicio del derecho civil a la libertad en materia religiosa”.

En principio, la ley es protestada unánimemente por todos los protestantes españoles, teniendo amplia repercusión en la prensa extranjera. El propio gobierno tiene que ampliar los plazos de inscripción en un Registro que imponía la llamada Ley 44/1967. Varias denominaciones protestantes, entre ellas la Iglesia Evangélica Española, rechazan la nueva ley, quedando así de nuevo marginadas de la Ley, al igual que lo habían estado antes.

Con la muerte del general Franco, el 20 de noviembre de 1975, la situación comienza a cambiar. Nombradas las Cortes Constituyentes, se promulga la nueva Constitución refrendada por el pueblo español el 5 de diciembre de 1978.

En la Constitución Española, en su artículo 16, se garantiza la libertad religiosa y de culto de los individuos y de las comunidades, sin más limitaciones en sus manifestaciones, que las necesarias para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. Ninguna confesión tendrá carácter Estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás Confesiones”.

El 11 de noviembre de 1986, se consigue lo que parecía imposible, la constitución de la Federación de entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE).

El 11 de mayo de 1987, el Ministerio de Justicia, con asistencia de su titular, Enrique Múgica, en una solemne sesión conjunta de los representantes de la FEREDE y de la Comunidad Judía, tuvo lugar la firma de los acuerdos entre el Estado y las Iglesias Protestantes, y también los acuerdos con la Comunidad Judía. Dichos acuerdos, fueron aprobados por el Congreso de Diputados el 17 de setiembre de 1992, y publicados en el BOE el 2 de noviembre de 1992.

Para acabar, es de destacar, aunque se ha silenciado intencionadamente, que uno de los grupos o sectores que más han sufrido las consecuencias de la falta de libertad han sido los protestantes españoles. Un país que hasta tiene un monumento al “diablo”, en el parque de El Retiro de Madrid, va siendo hora que levante algún monumento o reconocimiento a la lucha por la libertad de los protestantes españoles.

Pablo García Rubio, pastor jubilado de la I.E.E. e historiador.

Salón de Actos del Colegio Oficial de Periodistas de Barcelona

Barcelona 19-9-2007


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